The Studio Fitness Corp (dba Sessions Cycle)
PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA, ASUNCIÓN DEL RIESGO,
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA DE RECLAMACIONES
Producción de demostración teaser el 13/12/25, condado de Los Ángeles, California
La persona participante identificada arriba (en adelante, “yo” o “me”) desea participar en la producción de contenido de video demostrativo de una clase de ciclismo indoor y en el uso de una bicicleta estacionaria (colectivamente, la “Actividad”) proporcionada por The Studio Fitness Corp (dba Sessions Cycle), una corporación de California con oficinas ubicadas en 14625 Whittier Blvd., Whittier, California 90605 (la “Compañía”). A cambio de que la Compañía me permita participar en la Actividad y del valor intangible que obtendré al participar en la Actividad, así como de otra contraprestación buena y valiosa que la Compañía me proporciona, cuya recepción y suficiencia reconozco por la presente, y en reconocimiento de la confianza de la Compañía en lo anterior, acepto irrevocablemente, en mi nombre, el de mis herederos y el de mis representantes personales, todos los términos y condiciones establecidos en este instrumento (esta “Liberación”).
PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA, ASUNCIÓN DEL RIESGO, EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA DE RECLAMACIONES
CONOZCO Y ENTIENDO QUE MI PARTICIPACIÓN EN LA ACTIVIDAD, QUE TENDRÁ LUGAR EN CROSS FIT BLVD. EN WHITTIER, CALIFORNIA, IMPLICA ACTIVIDAD FÍSICA INTENSA, INCLUYENDO, SIN LIMITARSE A ELLO, EJERCICIO CARDIOVASCULAR DE ALTA INTENSIDAD, MOVIMIENTOS DE FUERZA, ESTIRAMIENTOS Y USO DE BICICLETAS ESTACIONARIAS Y EQUIPO RELACIONADO, Y QUE POR LO TANTO LA ACTIVIDAD IMPLICA RIESGOS DE LESIONES PERSONALES O PSICOLÓGICAS, DOLOR, SUFRIMIENTO, DISCAPACIDAD TEMPORAL O PERMANENTE, MUERTE, DAÑOS A LA PROPIEDAD Y/O PÉRDIDA FINANCIERA. SIN LIMITAR LO ANTERIOR, RECONOZCO ADEMÁS QUE MI PARTICIPACIÓN EN LA ACTIVIDAD IMPLICA RIESGOS INHERENTES QUE TAMBIÉN INCLUYEN, ENTRE OTROS: sobreesfuerzo, desmayo, mareo o dificultad para respirar; tensión cardíaca, eventos cardíacos u otros problemas médicos graves; distensiones musculares, esguinces, desgarros y/u otras lesiones de cualquier tipo; lesiones articulares y lesiones de espalda; resbalones, caídas o colisiones con equipo u otros participantes; mal funcionamiento o falla del equipo; y/o
exposición a enfermedades transmisibles (incluidos virus y bacterias).
Conozco y entiendo que todos los riesgos anteriores no pueden eliminarse por completo, incluso con un cuidado razonable. RECONOZCO QUE CUALQUIER LESIÓN QUE SUFRA PUEDE DERIVARSE O AGRAVARSE POR LAS ACCIONES, OMISIONES O NEGLIGENCIA DE LA COMPAÑÍA, INCLUIDAS LAS OPERACIONES NEGLIGENTES DE RESPUESTA DE EMERGENCIA O RESCATE DE LA COMPAÑÍA. NO OBSTANTE ESTOS RIESGOS, RECONOZCO QUE PARTICIPO DE MANERA CONSCIENTE Y VOLUNTARIA EN LA ACTIVIDAD CON PLENO ENTENDIMIENTO DE LOS RIESGOS Y PELIGROS INVOLUCRADOS Y POR LA PRESENTE ACEPTO ACEPTAR Y ASUMIR CUALQUIER Y TODOS LOS RIESGOS DE LESIÓN, DISCAPACIDAD, MUERTE, ENFERMEDAD Y/O DAÑOS A LA PROPIEDAD DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD, YA SEA QUE SEAN CAUSADOS POR LA NEGLIGENCIA ORDINARIA DE LA COMPAÑÍA O DE OTRA MANERA.
En la máxima medida permitida por la ley, por la presente renuncio expresamente, libero y eximo a la Compañía y a sus funcionarios, directores, propietarios, accionistas, instructores, empleados, contratistas, agentes, arrendadores, afiliados, sucesores y cesionarios, y representantes (colectivamente, las “Partes Liberadas”) de cualquier y toda reclamación, demanda, acción, causa de acción, daños, costos, juicios, acuerdos, pérdidas, responsabilidades y/o gastos, ya sean conocidos o desconocidos, que surjan de, sean atribuibles a, o estén relacionados con la Actividad, ya sea que surjan de la negligencia ordinaria de la Compañía o de las Partes Liberadas o de otro modo. Me comprometo a no presentar ni interponer ninguna reclamación de este tipo contra la Compañía o cualquier otra Parte Liberada, y libero y eximo para siempre a la Compañía y a todas las demás Partes Liberadas de responsabilidad por dichas reclamaciones. Esta renuncia y liberación no se aplica a responsabilidades que no puedan ser liberadas por acuerdo conforme a la ley de California (por ejemplo, incluyendo, entre otras, negligencia grave, imprudencia y conducta dolosa).
Entiendo que al firmar esta liberación estoy renunciando a toda reclamación, de cualquier tipo, que surja de, sea atribuible a, o esté relacionada con la Actividad, incluidas aquellas reclamaciones que puedan ser desconocidas para mí o cuya existencia no sospecho en este momento. CON LA INTENCIÓN DE RENUNCIAR A TODAS LAS RECLAMACIONES DESCONOCIDAS Y NO SOSPECHADAS, POR LA PRESENTE RENUNCIO EXPRESAMENTE A TODOS LOS DERECHOS, BENEFICIOS Y PROTECCIONES QUE PUEDA TENER BAJO LA SECCIÓN 1542 DEL CÓDIGO CIVIL DE CALIFORNIA, LA CUAL ESTABLECE LO SIGUIENTE:
Una exoneración general no se extiende a reclamaciones que el acreedor o la parte que libera no conoce o sospecha que existan a su favor al momento de ejecutar la liberación y que, de haber sido conocidas por él o ella, habrían afectado materialmente su acuerdo con el deudor o la parte liberada.
INDEMNIZACIÓN
Estoy de acuerdo en indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a la Compañía y a las Partes Liberadas frente a cualquier y toda reclamación, demanda, daño, acción, causa de acción, costo, sentencia, acuerdo, pérdida, responsabilidad, deficiencia, interés, adjudicación, penalidad, multa, costo y/o gasto (incluidos honorarios de abogados), así como los costos de hacer cumplir cualquier derecho a indemnización bajo esta Liberación, incurridos por la Compañía o cualquier otra Parte Liberada que surjan de, se relacionen con o resulten de:
Mi participación en la Actividad;
Mi violación de cualquier regla, política o guía de la Compañía;
Mi negligencia o acciones intencionales; y/o
La negligencia ordinaria de la Compañía y de las Partes Liberadas.
CONDICIÓN DE SALUD Y MÉDICA
Declaro que:
Me encuentro en buena condición física y soy capaz de participar en actividad física extenuante.
No tengo ninguna condición médica u otra condición física que me impida participar en la Actividad, o que me coloque en cualquier peligro físico o médico;
He consultado a un médico respecto a mi participación y el médico no me ha indicado que no participe en la Actividad (o he decidido voluntariamente no hacerlo, a pesar de haber recibido la recomendación de consultar a un médico).
Detendré inmediatamente mi participación y notificaré a los representantes de la Compañía en el lugar si me siento mal en cualquier momento antes, durante o después de la Actividad.
Entiendo que la Compañía y su personal, propietarios y agentes no son profesionales médicos y no pueden diagnosticar ni tratar condiciones médicas.
Por mi seguridad y la de otras personas, además me comprometo a cumplir con todos los términos establecidos y habituales, avisos de seguridad publicados, reglas e instrucciones verbales que me den la Compañía y sus representantes antes, durante y después de la Actividad.
TRATAMIENTO MÉDICO DE EMERGENCIA
Por la presente consiento recibir el tratamiento médico que se considere necesario si sufro una lesión o requiero atención médica durante mi participación en la Actividad. Autorizo a la Compañía y a su personal a obtener atención médica de emergencia o de otro tipo para mí, incluyendo llamar al 911. Entiendo y acepto que soy el único responsable de todos los costos relacionados con cualquier tratamiento médico de ese tipo y con cualquier transporte médico y/o evacuación relacionada, y acepto ser plenamente responsable financieramente de dichos costos. Por la presente libero, exonero para siempre y mantengo indemne a la Compañía y a todas las demás Partes Liberadas de cualquier reclamación basada en dicho tratamiento u otros servicios médicos, y/o costos asociados.
RENUNCIA A LA SECCIÓN 1542 DEL CÓDIGO CIVIL DE CALIFORNIA (RENUNCIA DE RECLAMACIONES DESCONOCIDAS)
Con respecto a cualquier reclamación liberada en virtud de este documento, reconozco expresamente que se me han notificado las disposiciones de la Sección 1542 del Código Civil de California, la cual establece en lo pertinente:
UNA EXONERACIÓN GENERAL NO SE EXTIENDE A RECLAMACIONES QUE EL ACREEDOR O LA PARTE QUE LIBERA NO CONOCE O SOSPECHA QUE EXISTAN A SU FAVOR AL MOMENTO DE EJECUTAR ESTA LIBERACIÓN Y QUE, DE HABER SIDO CONOCIDAS POR ÉL O ELLA, HABRÍAN AFECTADO MATERIALMENTE SU ACUERDO CON EL DEUDOR O LA PARTE LIBERADA.
Conociendo esta sección del código, por la presente renuncio y abandono expresamente todos los derechos y beneficios que cada uno de ellos pueda tener bajo la sección 1542 del Código Civil, así como bajo cualquier otro estatuto o principio del common law de efecto similar, y lo hago entendiendo y reconociendo la importancia y consecuencias de renunciar específicamente a la Sección 1542.
Así, no obstante las disposiciones de la Sección 1542, y para implementar una liberación completa e integral, reconozco expresamente que este Acuerdo pretende incluir en sus efectos, sin limitación, todas las reclamaciones que no conozco o sospecho que existan a favor de cada uno al momento de firmar esta Liberación, y que esta Liberación contempla la extinción de cualquier reclamación de ese tipo. Además, reconozco que posteriormente puedo descubrir hechos distintos o adicionales a aquellos que ahora conocen o creen ser verdaderos respecto de los asuntos liberados o descritos en esta Liberación, y aun así acepto que las liberaciones y acuerdos contenidos en esta Liberación permanecerán vigentes en todos sus términos no obstante cualquier descubrimiento posterior de hechos diferentes o adicionales, y asumo cualquier y todo riesgo de error relacionado con tales hechos.
RENUNCIA A ARBITRAJE Y A ACCIONES COLECTIVAS
Acuerdo de arbitraje. La Compañía y yo aceptamos que cualquier y toda disputa, reclamación o controversia que surja de o se relacione con esta Liberación, la Compañía y las Partes Liberadas, y/o mi participación en la Actividad, estará sujeta a arbitraje bajo las disposiciones de arbitraje establecidas en la Ley Federal de Arbitraje (la “FAA”), y conforme a los procedimientos de la Ley de Arbitraje de California, y se someterá a Judicial Arbitration & Mediation Services, Inc. (“JAMS”) para arbitraje final y vinculante. Las disputas, reclamaciones o controversias que no sean arbitrables conforme a la ley quedarán excluidas de esta disposición y, en la medida en que una disputa, reclamación o controversia incluya tanto reclamaciones sujetas a arbitraje como reclamaciones excluidas por la ley del arbitraje, la Compañía y yo aceptamos dividir dichas reclamaciones y suspender la litigación de cualquier reclamación excluida durante la duración del procedimiento arbitral relacionado con las reclamaciones correctamente arbitrables.
Renuncia a juicio por jurado. Entiendo y acepto plenamente que, al colocar mis iniciales y firmar a continuación, yo, junto con la Compañía, estoy renunciando al derecho constitucional de tener un juicio por jurado, y renunciando a los derechos normales de apelación tras la emisión de una decisión, salvo en la medida en que la ley de California permita revisión judicial de los procedimientos de arbitraje. Anticipo que, al celebrar este Acuerdo, obtendré los beneficios de un procedimiento de resolución de disputas más rápido y menos costoso.
Renuncia a reclamaciones colectivas, de clase y representativas. En la máxima medida permitida por la ley, la Compañía y yo aceptamos que: (a) las partes solo someterán a arbitraje las reclamaciones cubiertas por los términos de esta disposición y no buscarán representar los intereses de ninguna otra persona (incluyendo sobre una base de clase, colectiva o representativa); (b) los procedimientos de acciones colectivas y de clase se renuncian y no podrán plantearse en ningún foro, ni aplicarán en ningún arbitraje conforme a esta disposición y acuerdo; y (c) ni la Compañía ni yo presentaremos ni participaremos en ninguna reclamación colectiva o de clase contra la otra parte en arbitraje, tribunal u otro foro judicial.
PROCESO DE ARBITRAJE
El arbitraje debe iniciarse mediante aviso escrito expreso de una de las partes a la otra. Una demanda de arbitraje presentada contra la Compañía debe enviarse a legal@sessionscycle.com, y una demanda de arbitraje presentada contra mí se enviará al correo electrónico indicado arriba. El aviso escrito debe identificar y describir la naturaleza de todas las reclamaciones planteadas y los hechos en los que se basan las reclamaciones (en lugar de meras conclusiones fácticas o legales). El aviso escrito de arbitraje debe iniciarse dentro del plazo de prescripción aplicable a la(s) reclamación(es), o dentro de un (1) año desde la fecha en que la parte reclamante supo o debió haber sabido por primera vez del evento que dio lugar a la(s) reclamación(es) si no aplica un plazo de prescripción estatutario.
El arbitraje será administrado por Judicial Arbitration & Mediation Services, Inc. (“JAMS”) conforme a las JAMS Streamlined Arbitration Rules & Procedures (las “Reglas de JAMS”), las cuales se incorporan aquí por referencia, salvo en la medida en que dichas reglas hayan sido modificadas en este documento. Se puede obtener una copia de las Reglas de JAMS (i) en el sitio web de JAMS en https://www.jamsadr.com/rules-streamlined-arbitration/ o (ii) llamando a JAMS al (800) 352-5267. Entiendo que también puedo llamar a JAMS si tengo alguna pregunta sobre el proceso de arbitraje. Si las Reglas de JAMS fueran inconsistentes con los términos de esta Liberación, prevalecerán los términos de esta Liberación.
El arbitraje se llevará a cabo ante un solo árbitro neutral. El Árbitro tiene facultad para decidir, entre otras cosas, cualquier moción presentada por cualquiera de las partes, incluyendo mociones de descubrimiento, mociones de sanciones, mociones de sentencia sumaria y/o adjudicación, mociones de desestimación y demurrers. Ninguna de las partes será privada del derecho de presentar un challenge a un escrito (que se resolverá antes del inicio del descubrimiento en el arbitraje) o una moción para resolución sumaria de una reclamación o asunto particular. El Árbitro concederá una adjudicación de costos en relación con una oferta de sentencia conforme a la Regla 68 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil. El Árbitro también podrá conceder medidas cautelares y todo otro tipo de alivio que las Partes de otro modo tendrían derecho a solicitar en un tribunal. El Árbitro además tendrá la facultad de ordenar descubrimiento, mediante deposición, interrogatorio, producción de documentos o de otra manera, según el árbitro considere necesario para una exploración completa y justa de los asuntos en disputa, consistente con la naturaleza expedita del arbitraje y la ley aplicable.
El Árbitro aplicará el derecho sustantivo relativo a todas las reclamaciones y defensas del mismo modo que si el asunto hubiera sido escuchado en un tribunal. El Árbitro proporcionará a las Partes una decisión escrita sobre el fondo del caso explicando sus hallazgos y conclusiones. La decisión del Árbitro es final y vinculante para las Partes.
En la medida permitida por la ley aplicable, los honorarios y gastos del Árbitro (incluida la tarifa de presentación o administrativa) se dividirán por igual entre las partes. Cada Parte pagará sus propios costos y honorarios de abogados, si los hubiera. Sin embargo, si alguna Parte prevalece en una reclamación estatutaria que otorgue a la parte vencedora honorarios y costos de abogados, o si existe un acuerdo escrito que prevea honorarios y costos de abogados, el Árbitro podrá otorgar honorarios y costos razonables de abogados a la parte vencedora. Cualquier disputa sobre la razonabilidad de cualquier honorario o costo será resuelta por el Árbitro. Si la parte que inicia el arbitraje no paga su parte de los honorarios y gastos del árbitro dentro de los 30 días siguientes a la recepción de una factura de JAMS, el arbitraje será desestimado con perjuicio.
Disputas sobre arbitrabilidad. Las partes entienden y aceptan que cualquier disputa sobre la arbitrabilidad de un asunto o reclamación particular en virtud de esta Liberación será resuelta en arbitraje por el Árbitro. El Árbitro tiene autoridad exclusiva para resolver cualquier disputa relacionada con la interpretación, alcance, aplicabilidad, ejecutabilidad o incumplimiento de este Acuerdo, incluyendo, entre otros, cualquier reclamación de ese tipo y cualquier parte de este Acuerdo. No obstante lo anterior, un tribunal de jurisdicción competente tiene autoridad exclusiva para resolver si la renuncia a reclamaciones colectivas y de clase es ejecutable. La ejecución de esta disposición y del acuerdo de arbitraje se regirá por la FAA.
Entiendo que esta disposición y acuerdo de arbitraje pretenden ser tan inclusivos y amplios como lo permita la ley aplicable y que, si alguna parte es considerada inválida, será separada, y se acuerda que la parte restante continuará en pleno vigor y efecto. La Compañía y yo quedaremos igualmente obligados por esta disposición de arbitraje.
BIENES PERSONALES
Entiendo que la Compañía no es responsable por robo, pérdida o daño a mis bienes personales, ya sea que estén guardados en casilleros, cubículos o en cualquier otro lugar de las instalaciones.
TÉRMINOS VARIOS
Ley aplicable y jurisdicción. Todos los asuntos que surjan de o se relacionen con esta Liberación se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes internas del Estado de California, sin dar efecto a ninguna disposición o norma sobre elección o conflicto de leyes (ya sea del Estado de California o de cualquier otra jurisdicción). En la medida en que cualquier reclamación o causa de acción que surja en virtud de esta Liberación no esté sujeta a arbitraje conforme a la disposición y acuerdo de arbitraje anteriores, solo podrá presentarse en los tribunales estatales ubicados en el Condado de Los Ángeles, California, y por la presente consiento la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales para dicha reclamación.
Acuerdo completo. Esta Liberación constituye el único y completo acuerdo entre la Compañía y yo respecto del objeto contenido en este documento y sustituye todos los acuerdos, entendimientos, representaciones y garantías previos y contemporáneos, tanto escritos como orales, respecto de dicho objeto. Nada de lo contenido en este Acuerdo se interpretará como la creación de agencia, asociación, empresa conjunta u otra forma de empresa común, empleo o relación fiduciaria entre la Compañía y yo.
Divisibilidad. Si cualquier término o disposición de esta Liberación se considera inválido, ilegal o inexigible, dicha invalidez, ilegalidad o inexigibilidad no afectará ningún otro término o disposición de esta Liberación ni invalidará o volverá inexigible dicho término o disposición, y el resto continuará en pleno vigor y efecto.
Cesión. Esta Liberación obliga y redundará en beneficio de la Compañía y de mí, así como de nuestros respectivos herederos y sucesores. La Compañía podrá ceder este Acuerdo y sus derechos y obligaciones conforme al mismo, en todo o en parte, a cualquier parte.
RECONOCIMIENTO Y FIRMA
AL FIRMAR, RECONOZCO QUE HE LEÍDO CUIDADOSAMENTE Y COMPRENDIDO TODOS LOS TÉRMINOS DE ESTA LIBERACIÓN Y QUE VOLUNTARIAMENTE ESTOY RENUNCIANDO A DERECHOS LEGALES SUSTANCIALES, INCLUYENDO EL DERECHO A DEMANDAR A LA COMPAÑÍA. ENTIENDO Y SOY CONSCIENTE DE QUE ESTA LIBERACIÓN ES UN ACUERDO RELATIVO A LA ASUNCIÓN DE RIESGOS, EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA DE RECLAMACIONES, ASÍ COMO UN ACUERDO RELATIVO A LA APARICIÓN EN FOTOGRAFÍAS, VIDEO Y REDES SOCIALES, LOS DERECHOS Y LA LIBERACIÓN RESPECTIVA (INCLUYENDO DERECHOS DE APARICIÓN Y PUBLICIDAD), Y SÉ QUE ESTOY RENUNCIANDO A DERECHOS VALIOSOS. ADEMAS, ENTIENDO QUE ESTA LIBERACIÓN CONTIENE UN ACUERDO PARA SOMETERSE A ARBITRAJE, AL CUAL EXPRESAMENTE ACEPTO, Y QUE HE RENUNCIADO A MIS DERECHOS CONSTITUCIONALES A UN JUICIO POR JURADO O ANTE UN TRIBUNAL. ENTIENDO QUE SOY LIBRE DE OBTENER ASESORÍA DE UN ABOGADO DE MI ELECCIÓN, A MI COSTO, PARA INTERPRETAR LAS DISPOSICIONES DE ESTA LIBERACIÓN.
FIRMO ESTA LIBERACIÓN VOLUNTARIAMENTE Y, CON PLENO ENTENDIMIENTO DE SUS TÉRMINOS, E INTENDO QUE MI FIRMA SEA UNA LIBERACIÓN COMPLETA E INCONDICIONAL DE RESPONSABILIDAD EN LA MÁXIMA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY.